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Vendedor de vivienda y comunidad de vecinos estrechando las manos

¿Qué obligaciones tiene un vecino con su comunidad cuando vende su vivienda?

El proceso de venta de una vivienda exige una serie de trámites y gestiones. No seremos nosotros los que te digamos que un particular no será capaz de hacerlo, no sería cierto. Hoy en día gracias al volumen de información que existe es posible hacer cualquier gestión.

Índice

Las gestiones por la venta de una vivienda no se acaban con la firma de la venta en notaria y la entrega de llaves.

Uno de los tramites más desconocidos por los particulares son sus obligaciones con respecto a su comunidad de propietarios.

La Ley de Propiedad horizontal (Ley 49/1960, de 21 de Julio, sobre propiedad horizontal), establece la obligación de comunicar a la comunidad de propietarios que hemos procedido a la venta de la vivienda.

En concreto el artículo noveno hace referencia a las obligaciones de cada propietario, y en su apartado i) establece:

i) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local.

Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando cualquiera de los órganos de gobierno establecidos en el artículo 13 haya tenido conocimiento del cambio de titularidad de la vivienda o local por cualquier otro medio o por actos concluyentes del nuevo propietario, o bien cuando dicha transmisión resulte notoria.

Como podemos comprobar la consecuencia de no comunicar la venta de la vivienda y por tanto el cambio de titularidad, es que el anterior propietario seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad.

¿Cómo evitar responder a las deudas de la comunidad devengadas con posterioridad a la venta de la vivienda?

La ley es clara al establecer como obligación la comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, del cambio de titularidad de la vivienda.

Lo primero que debe hacerse es ponerse en contacto con el presidente de la comunidad y solicitar los datos de contacto del administrador de la comunidad, e identificar quien ejerce el cargo de SECRETARIO, al objeto de proceder a la presentación de dicha comunicación.

Nuestra recomendación es consultar directamente con el administrador. Debería hacerse por escrito, presentado una comunicación para su registro y sellado. También se puede realizar por telegrama, burofax, correo certificado con acuse de recibo o por correo electrónico. Lo importante no es solo realizar la comunicación sino poder demostrar que hemos cumplido con dicha obligación.

Si decides presentar en persona la comunicación, debes presentar dicha comunicación por duplicado, al objeto de que el SECRETARIO DE LA COMUNIDAD acuse recibo de su presentación firmando y sellando su recepción.

Es importante quedarse con una copia de dicha comunicación debidamente sellada, al objeto de poder acreditar que se ha cumplido con dicha obligación legal. Si se utiliza cualquier otro medio, debes poder acreditar la correcta recepción.

¿Se puede exonerar de responsabilidad al anterior propietario?

¿Qué quiere decir la ley cuando establece que lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando los órganos de gobierno hayan tenido conocimiento del cambio de titularidad, por cualquier otro medio, por actos concluyentes o bien cuando dicha transmisión resulte notoria?

Este apartado pretende exonerar de responsabilidad al anterior propietario cuando habiendo incumplido su obligación de comunicación, aun así, la comunidad ha tenido conocimiento de la venta de la vivienda.

Esto puede ocurrir cuanto por ejemplo el nuevo propietario comunica la transmisión de la vivienda (acto concluyente) y se presenta como nuevo propietario facilitando sus datos, o sencillamente porque toda la comunidad tiene conocimiento de la venta de la vivienda (la transmisión resulta notoria).

Nuestra recomendación es que no dejes en manos del nuevo propietario la comunicación del cambio de titularidad. Es una gestión muy sencilla y que te garantiza no tener problemas en un futuro con la comunidad de propietarios.

Como has podido comprobar en muchas ocasiones la experiencia es un grado, y el contar con ayuda profesional te permitirá ahorrar mucho tiempo, mucho dinero y evitar errores. Son muchos años de experiencia vendiendo viviendas y con cada venta siempre se aprende algo, y toda esa experiencia acumulada es la que da valor a nuestros servicios.

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