Cuando se va a comprar una casa, además de pagar la hipoteca, se deben pagar varios impuestos.
Pero ¿cuáles son los impuestos a pagar por comprar una casa? Depende del tipo de vivienda que se vaya a comprar.
Inmoversion es una consultora inmobiliaria formada por expertos en el sector y hoy te contamos en nuestro blog qué impuestos deberás pagar al comprar una vivienda.
Índice
Impuestos según el tipo de vivienda
Lo primero que hay que saber es que los impuestos que se paguen dependerán de si se trata de una vivienda nueva o una vivienda de segunda mano.
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Impuestos por comprar una vivienda nueva
Se considera vivienda de primera entrega aquellas que se adquieren directamente de manos del promotor tras su construcción.
También se considera vivienda nueva si un promotor alquila la vivienda durante un periodo de tiempo y después se la vende a los mismos inquilinos. En este caso, el comprador deberá pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al vendedor quien, a su vez, deberá ingresar el monto recibido la Hacienda Pública.
Existen dos tipos que gravan el valor añadido de la vivienda: el 10 % si es libre y el 4 % si es de protección oficial de régimen especial. También se aplica este IVA a las plazas de garaje que se compren conjuntamente con la vivienda hasta un máximo de dos.
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Impuestos por comprar una vivienda de segunda mano
Se considera una vivienda de segunda mano aquella que ya ha tenido un dueño distinto del promotor o aquella que ha sido alquilada previamente y no se vende al mismo inquilino.
En este caso, el comprador deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Este impuesto oscila entre el 6% y el 10% del valor de la vivienda en las distintas comunidades autónomas. Además, se pueden aplicar reducciones en algunos casos, como en el de familias numerosas o viviendas de protección oficial.
Este impuesto se paga por el sistema de autoliquidación, por lo que el mismo comprador debe calcular el importe del pago rellenando la correspondiente documentación y entregándola en cualquier banco, que efectuará el ingreso en la cuenta de Hacienda.
Una vez pagado, se deberá presentar el impreso y la copia de la escritura en una oficina de Hacienda para ser sellados.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es un tributo indirecto que se aplica sobre tres tipos de documentos: notariales, mercantiles y administrativos y está gestionado por las Comunidades Autónomas, que son quienes se encargan de recaudarlo. Como las hipotecas se constituyen ante notario y quedan registradas, están obligadas al pago de este impuesto.
El año pasado el Tribunal Supremo estableció que es el banco quien debe asumir este impuesto, ya que es quien se beneficia de su existencia.
Se sitúa entre el 0,5% y el 1,5% —en función de cada Comunidad Autónoma— sobre el precio de venta y se genera por firmar en el notario e inscribirse en el Registro posteriormente.
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Aunque el IBI o Impuesto de Bienes Inmuebles no está relacionado directamente con el trámite de compraventa de la vivienda, sino con la propiedad de la vivienda en sí, es preciso contemplar que se debe pagar cada 1 de enero. Así que, si la compraventa se produce en fechas cercanas, será necesario añadirlo al presupuesto de compraventa de la vivienda.
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