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Trámites para comprar piso a un particular

Salvo que seas un gran inversor, lo más probable es que compres una vivienda una o dos veces en la vida, quizá tres…Y, como se trata de un proceso bastante complejo y solo se experimenta de manera excepcional, es normal que surjan muchas dudas sobre qué pasos hay que seguir.  

En inmoversion, somos expertos en la compraventa de viviendas de particular a particular y por eso hoy te explicamos los trámites para comprar piso a un particular.  

Índice

¿Cómo prepararte para comprar un piso a un particular?

A continuación, te contamos los pasos previos a la compra del inmueble.  

Reserva

Consiste en el pago de una señal (alrededor de 3000 euros) y la firma de un precontrato entre el comprador y el vendedor, con el objetivo de reservar la vivienda que hemos visto y estamos interesados en comprar.  

Se trata de un documento privado, pero es importante que sepas que tiene validez jurídica y también que debes asegurarte de que todos los propietarios del inmueble lo firmen, en caso de que hay más de uno. 

Solicitud de documentos

Para pasar a la siguiente fase, es importante que primero solicites algunos documentos en los que se detalle que la vivienda es habitable y cumple con ciertos criterios legales. Estos son:  

  • Cédula de habitabilidad  
  • Certificado energético 
  • Nota simple: se puede pedir en el Registro de la propiedad, y ahí puedes conocer todas las posibles cargas de la propiedad, como una hipoteca, un embargo o cualquier otra limitación de uso. 
  • IBI (pagado): solicita el último recibo de este impuesto. 
  • Documento que acredite que el antiguo propietario no tiene deudas pendientes con la comunidad. 
  • DNI vigente del o las propietarias. 

¿Qué trámites se harán durante la compraventa?

Ahora vamos a detallar cuáles son los trámites a realizar una vez que ya se va a realizar la compra. 

Contrato de arras

Es un documento vinculante, mediante el cual se pacta la compraventa de la vivienda. En este caso, el comprador paga ya el 10% del valor de la vivienda. Esta es la cifra habitual, aunque podría pactarse una cantidad distinta, pero no es común. 

Existen distintos tipos de arras, pero las más comunes son las penitenciales, en las que se suele determinar que, si el comprador desiste de llevar a cabo la compra, pierde el dinero que ha dado al vendedor. Y, si es este último el que incumple el contrato de arras, debe pagar el doble de la cantidad recibida. 

Firma del contrato y elevación a escritura pública

El propietario y el comprador deberán ir ante un notario para firmar las escrituras de la vivienda y ahí el comprador pagará el resto del dinero del precio del inmueble. En caso de que hayas solicitado una hipoteca, un representante del banco irá contigo a pagar al propietario la suma aprobada. 

El notario deberá elevar este contrato a escritura pública. Los gastos notariales los asume el comprador. 

Trámites después de la compraventa de la vivienda

Una vez firmadas las escrituras de la compraventa, es preciso realizar una serie de trámites, principalmente relativas al pago de impuestos. Te lo contamos: 

Pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)

Debes pagarlo en los siguientes 30 días de la compraventa, y la cuantía varía en cada comunidad autónoma, en un intervalo del 4 al 10%.  

El propietario, por su parte, deberá pagar la plusvalía obtenida por la venta al Ayuntamiento donde esté ubicado el inmueble y de la plusvalía fiscal, que corresponde al incremento de su patrimonio ocasionado por la venta de la propiedad. También deberá hacerlo en los siguientes 30 días. 

Inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad

Es un trámite obligatorio en caso de quieras acceder a una hipoteca, durante los 60 días siguientes a la firma de la compraventa. La inscripción del nuevo propietario la puede tramitar directamente el notario. 

Cambio de titularidad del catastro

Se trata de un trámite que se hace de manera automática al elevarse el contrato a escritura pública. 

Impuesto de bienes inmuebles (IBI)

Este impuesto se paga cada año. El propietario antiguo está obligado a pagar el IBI correspondiente al año de la compraventa. Y, a partir del siguiente año, deberá pagarlo el nuevo propietario 

Estos son los trámites de la compraventa de un piso y, como ves, no son demasiado complejos, pero son varios y es necesario conocerlos a detalle, para poder llevarlo a cabo en el tiempo y la forma adecuada.  

En inmoversion somos expertos en la compraventa de inmuebles de particular a particular y podemos acompañarte durante todo el proceso.  ¡Conócenos! 

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